En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el abogado JOSÉ ALEXANDER BLANCO CALZADILLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 140.284, en su carácter de asistente judicial de la ciudadana JUANA ISABEL BRITO BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.232.248, de conformidad con lo previsto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE
Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Estadal Contenciosos Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Co.....