Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por el ciudadano LIBERACE DANIEL ARTIGAS OLIVEROS, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.908, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.453.740, actuando en su propio nombre, contra la DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese al Procurador General de la Republica de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de.....