Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo con Suspensión de efectos,, intentado por los abogados Juan Carlos Regardiz Salas y Javier Adrian, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 32.200 y 45.365, respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la empresa ASTEC OIL SERVICES C.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 18 de Febrero de 1.997, bajo el N° 56, Tomo 34-A Pro, en contra de la Providencia Administrativa N° 87 de fecha 19 de Junio de 2.000, dictada por la INSPECTORIA DEL T.....