Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Querella Funcionarial (Vía de Hecho conjuntamente con solicitud de Amparo Cautelar), interpuesto por la ciudadana IRIANNA AMELIA REYES SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.517.668, debidamente asistida por el abogado EDUARDO OVIEDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.851, contra la SECRETARIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DEL ESTADO MONAGAS.
Publíquese y Regístrese. Notifíquese al ciudadano Procurador General del estado Monagas, de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y artículo 82 la Ley Orgánica de l.....