III
DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada conjuntamente con la suspensión temporal de los efectos del acto recurrido, incoado por el ciudadano JAVIER ALEXANDER ADARFIO PINO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.790.288, debidamente asistido por el abogado José Ricardo Colina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.29.113, contra la DIRECCION REGIONAL DE SALUD DEL ESTADO MONAGAS.
Publíquese y Regístrese. Cúmplase con lo ordenado.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta A.....