Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado RAFAEL LUIS MOTA , Venezolano, mayor de edad, inscrita de en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nº101.322, actuando en nombre y representación de la parte demandante, interpuesto en fecha Veintisiete (27) de Febrero de 2023, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha Tres (03) de Febrero de 2023; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 312 Ord. 1 y 315 del Código de Procedimiento Civil, Se ordena la remisión del expediente bajo oficio a .....