DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación en la acción reivindicatoria tramitada en esta causa y en consecuencia declara:
PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA ante el Tribunal Superior Agrario de la circunscripción judicial del Estado Monagas, por tratarse el presente de un asunto agrario.
SEGUNDO: REMITIR CON OFICIO el presente asunto el Tribunal Superior Agrario del Estado Monagas.
Publíquese, regístrese, diaricese, déjese copia certificada y remítase el expediente al tribunal correspondiente en su oportunidad debida.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los Ci.....