En consideración a ello, este Tribunal Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION en el presente juicio de partición de Herencia y en consecuencia extinguido el proceso en esta instancia. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA el contenido de la sentencia de fecha 09 de Febrero de 2001, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; que declaro Con lugar la oposición realizada por la ciudadana Abogada Elizaine Calatrava. TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de origen, a los fines darle continuidad a la presente causa. Líbrese oficio de remisión.
Publíquese, regístrese, diaricese, déjese copia certificada y remítase el expedi.....