DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano FREDDY DEL VALLE ROJAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.940.938, teléfono móvil 0412-1172184, debidamente asistido por la ciudadana NERUSKA SUBERO MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.117.536, abogada en ejercicio debidamente inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 101.339, parte presuntamente agraviada; en contra del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunsc.....