Por las razones antes expuestas, éste JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia y actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la inhibición realizada por el abogado TOMAS BARRIO MEDINA, Juez Provisorio del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, por estar hecha en forma y fundada en motivos valederos; y por vía de consecuencia se aparta el Dr. TOMAS BARRIO MEDINA, en su carácter de Juez Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑO Y PERJUICIOS sigue la Empresa Promotora Villa de la Laguna, C.A contra la empresa MONAGAS DEALER,C.A. Dando cumplimiento a lo orde.....