DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por los ciudadanos Abogados FARID ASAN GIL y JESUS VALVERDE, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de RANDY RAFAEL AZAN LÓPEZ; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.029.151 y de la Sociedad Mercantil RON & SAZÓN, RESTAURANTE Y CAFE S.A, contra la decisión de fecha Veintidós 14 de Octubre de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción judicial del estado Monagas, mediante la cual declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por los apoderados judiciales de la parte demandada en la presente causa. SEGUNDO. Se REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en .....