En consideración a ello, este Tribunal Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION en el presente juicio de Ejecución de Hipoteca incoado por el banco del Orinoco en contra de la Empresa Inversiones R.O; C.A. y en consecuencia extinguido el proceso en esta instancia. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA el contenido de la sentencia de fecha 10 de Mayo de 1999, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; que declaro que la Perención de la Instancia alegada y solicitada por la parte demandada, no ha operado en la presente causa. TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de origen, a los fines darle continuidad a la presente causa......