En consideración a ello, este Tribunal Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION en el presente juicio de AMPARO CONSTITUCIONAL y en consecuencia extinguido el proceso en esta instancia. SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA el contenido de la Sentencia de fecha (30) de Octubre de 2000, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; que declaró CON LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano MENESES EFRAIN en contra de la LINEA MATURIN S.C. TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de origen, a los fines darle continuidad a la presente causa. Líbrese oficio de remisión.
Publíquese, regístrese, diaricese, dé.....