DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el Abogado ANTONIO MARIA CALATRAVA ARMAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARIA ROCA, contra la sentencia de fecha 13 de Noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; que declaro Con lugar la demanda tramitada en la presente causa. SEGUNDO: Por cuanto la pretensión del accionante referida a la indemnización de daños y perjuicios fue declarada sin lugar por esta superioridad se MODIFICA la sentencia de fecha 13 de Noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; .....