Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano AQUILEZ G. LOPEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- V-4.023.375, Abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 16.688 y de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada plenamente identificada, contra el auto de fecha Diez (10) de Marzo de 2023, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE ORDENA Medida Innominada de Suspensión cautelar de la Presente causa N° 34.721.....