En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION anunciado por el el abogado LUIS MIGUEL LOPEZ SERRANO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 44.988, con el carácter de apoderado de la parte demandante Sociedad Mercantil PENUBI, C.A., contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior, en fecha 21 de Julio de 2016. De conformidad con lo establecido en los artículos 312 ordinal 1 y 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 205 ejusdem, se conceden Seis (6) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha. Se ordena la remisión del expediente bajo oficio a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, Diarícese, regístrese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el .....