DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado WILMER JOSE COVA BELLAVILLE, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 22 de Junio de 2012, dictada por el Juzgado Primero De Primera Instancia en lo Civil Y Mercantil De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas. SEGUNDO: SE REVOCA EL FALLO apelado. TERCERO: SE DECRETA LA NULIDAD del auto de admisión de fecha 29 de Enero de 2009 y todos los actos subsiguientes al proceso, seguido en la primera instancia. CUARTO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de que el A quo se pronuncie sobre la acción reivindicatoria, a que se contrae el presente juicio para que sea tramitada de conformidad con lo dispuesto en la Ley de tierras.....