Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación intentado por el AQUILES G. LOPEZ RAMIREZ, inscrito en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el N.º 16.688, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, en contra de la decisión dictada en fecha Veintinueve (29) de Noviembre de 2022, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la Adhesión a la Apelación efectuada JUAN MANUEL BRAVO, ZANILLEY MARIA FERNANDEZ y GRAMARY COROMOTO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.872.676, V-13.095.217 y V-11.779.163, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada.....