DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la Abogado YARITH CHACIN SOTILLO, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.670, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana GRISEL CELESTINA ARZOLAY GOMEZ , quien es la parte demandante contra la decisión de fecha Doce (12) de Mayo de 2010, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. SEGUNDO: Se REVOCA la Sentencia fecha Doce (12) de Mayo de 2010, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. TERCERO: SIN LUGAR la demanda de anulabilidad o nulidad relativa incoada por la ciudadana GRISEL .....