Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: INADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado en ejercicio LUIS RAMON GONZALES RIVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.444, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano CARLOS GANDARA FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-9.299.682 y de este domicilio, recurso este que cursa al folio 96 del Cuaderno de Medidas del presente juicio de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, a través del cual anunció Recurso de Casación, en contra de la sent.....