DISPOSITIVA
Por todos las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Efraín Castro Beja, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 7.345, en contra de la decisión de fecha Veintiocho (28) de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2016), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas en fecha Veintiocho (28) de Marzo del año Dos Mil Dieciséis (2016). TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante por ser vencida totalmente.....