PRIMERO: Este Juzgado Superior Agrario actuando en sede constitucional declara SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar, tramitar y decidir la presente acción de amparo constitucional. Así se declara.-
SEGUNDO: HA LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano Luis Ramón Alcalá Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.282.877, asistido por el abogado Jesús Enrique Natera Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo matricula n° 29.915, contra las presuntas actuaciones desplegadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, sobre el expediente N° 1376 (de la nomenclatura interna de ese juzgado). Así se declara.-