DECISION
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia Transitoria en el estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta auto en los siguientes términos:
PRIMERO: Se RATIFICA en este mismo acto SU COMPETENCIA, en los mismos términos del auto de fecha 13 de de Agosto de 2.014, donde esta Instancia Superior Agraria admitió el presente recurso de nulidad. Así se declara.-
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad de acto administrativo conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo, interpuesto por la ciudadana Georgina Antonia Tenorio, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 8.357.390, representada judicialmente por el abogado Carlos José Urriola, inscrito en el Inpreabogado bajo matricula n°.....