Maturín, 20 de Julio del 2017.
207º y 158º
Por recibido el presente expediente y a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 229 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se advierte a las partes, que ésta Instancia Superior Agraria procederá a fijar los lapsos legales, una vez conste en auto el computo de los días de despacho transcurridos desde la publicación de la sentencia apelada dictada el 21/06/2017, hasta el momento de la remisión de la presente causa, vale decir, el 04/07/2017, por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Por otro lado, es menester para esta Instancia Agraria ADVERTIR al Juzgado a-quo, que una vez oída la apelación deberá remitir copia certificada de los cómputos, desde la fecha en la cual se dicte la sentencia apelada hasta el momento de su posterior remisión a este Juzgado Superior Agrario, todo ello motivado, a que la falta de ésta información gen.....