PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente Recurso Ordinario de Apelación, ejercido en fecha 13/06/2017, (f. 189), por la ciudadana MARIA ROSARIO MONASTERIO DE ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.820.034, representada judicialmente por el abogado Alfonso Jose Berrios León, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A), bajo el Nº 53.275, (Apelante), contra la decisión dictada el 06/06/2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, (f. 172 al 178 vto).-
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, el presente Recurso Ordinario de Apelación por temerario, ejercido en fecha 13/06/2017, (f. 189), por la ciudadana MARIA ROSARIO MONASTERIO DE ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.820.034, representada judicialmente por el abogado Alfonso Jose Berrios León, inscrito en el .....