Por las razones que anteceden, este: Juzgado Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Maturín, Aguasay Y Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo previsto en los artículos, 189, 190 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil, declara PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y de Bienes por Mutuo Consentimiento entre los ciudadanos: INDHIRA DEL CARMEN RAMOS BUCARITO y JORGE DAVID YANONI GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.815.974 y V-16.375.211, respectivamente y de este domicilio, domiciliados en esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, y como consecuencia de tal pronunciamiento, queda disuelto el vinculo matrimonial que existió entre ambos y que contrajeron en fecha: Ocho (08) de Julio del año 2.011,.....