: Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIOS ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: ONEIDA MENDOZA y RICHARD GEOMAR ARAY BELLORIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.017.511 y V-13.654.542 respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos por la abogado MARIA NELLYS SALAZAR., inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°: 153.781; del 30 de Abril del 1.994 por la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, tal y como consta en el acta de matrimonio que se encuentra asen.....