El error denunciado consiste en que en la oportunidad en que fue dictada la SENTENCIA DE DIVORCIO, se incurrió en los siguientes errores materiales involuntarios al colocar en la referida sentencia de divorcio el nombre del demandante como RINO GIUSSEPPI FONGARO GARCIA, siendo lo correcto RINO GIUSEPPI FONGARO GARCIA tal como aparece en el documento de identidad del contrayente y así como también, se incurrió en el error material de la ciudadana DELLANIRA DEL VALLE YSAVA DE FONGARO en su cedula de identidad, donde aparece con el Nº V-11.011.558, siendo lo correcto Nº V-11.011.588.
Para los efectos probatorios el solicitante consigno, copia certificada de la Sentencia de Divorcio marcado con la letra "A" y copias de sus documentos de identidad marcado con la letra "B" y "C", respectivamente. Probados como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE SENTENCIA DE DIVORCIO, este Tribunal de conformida.....