Por lo antes expuesto y con apego a lo establecido en los artículos 1363 y siguientes del Código Civil, 12 y 444 del Código de Procedimiento Civil, y el 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA LEGALMENTE RECONOCIDO en todas y cada y una de las partes el contenido y firma el DOCUMENTO DE COMPRA Y VENTA DE ACCIONES NOMINATIVAS, celebrados por los ciudadanos MARIO FAVIA PAPARELLA, en su condición de apoderado general de la ciudadana PAOLINA FAVIA PAPARELLA y GIANPIERO RODRIGUEZ NUÑEZ, venezolano y extranjero, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. E-935.188 y V-22.720828, respectivamente y de este domicilio en fecha 1 de septiembre de 2021 que corre inserto a los folios.....