DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la partición amistosa, de conformidad con lo establecido en los artículos 183, 186, 768, 1.066 y siguientes del Código Civil y el artículo 788 del código de Procedimiento Civil, en los mismos términos y condiciones expuestas en el mencionado escrito por los solicitantes, ciudadanos: SANTIAGO JOSÉ JARAMILLO RIVERO, y CAROLINA TOHME HANNA, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, divorciados, titulares de la cedula de identidad Nº V-6.959.882y V-10.301.834, respectivamente, de este domicilio el primero y la segunda domiciliada en el Estado de Texas de los Estados Unidos de Norteamérica, debidamente asistido el ciudadano SANTIAGO JOSÉ JARAMILLO RIVERO por el abogado en ejercicio.....