PARTE DISPOSITIVA
Probado como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado , éste Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento civil, ordena en forma SUMARIA al Registro Civil Principal del Estado Monagas , para que proceda a hacer la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio de la solicitante ARGELIA ANTONIA RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.622.436, con el fin de que se escriban en forma correcta los siguientes asientos: el segundo nombre de su cónyuge ciudadano: ALFREDO ACOSTA, venezolano, mayor de edad, siendo que Donde dice: JOSE, debe ser eliminado por cuanto no lleva ese nombre , siendo su nombre correcto ALFREDO ACOSTA, el primer nombre de mi segunda hija, siendo que donde dice : GUSLENI, siendo su nombre correcto : YUSLENI DEL VALLE, el segundo nombre de mi tercer hijo, siendo que donde dice JOSE, debe decir: Jesús, siendo su nombre correcto: ALFREDO JESUS .el primer.....