Este Juzgador determina del estudio de las Actas Procesales que en atención al sagrado principio de la función del Juez de ser justo y equitativo conforme a lo que establece el Articulo 12 del Código de Procedimiento, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana MARIA DEL VALLE MARTINEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 15.678.862 y domiciliada en el sector "GUIRE II", calle la Coromoto, la Sabana casa Nº 96, Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas y teniendo muy presente, muy en cuenta su deber, se fija el régimen de Obligación de Manutención en el monto y forma que se establece en este fallo, todo de conformidad con los artículos 365 y 366 de la Ley .....