Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIOMORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PIAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a dicho desistimiento, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Certifíquese por Secretaría copias de la Homologación del convenimiento celebrado entre las partes involucradas en el presente asunto por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Piar, relacionada con el expediente de solicitudes N° 156-2016-Sol. de la nomenclatura interna de este Tribunal. Se ordena el archivo del presente expediente.-