Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia especial para conocer de la Materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto por el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 366, 375 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente, 242 y 262 del Código de Procedimiento Civil y visto el convenimiento a que han llegado las partes involucradas en el presente procedimiento, ciudadanos NOHEMÍ JOSEFINA MAHABIR GUAIMARE y CARLOS JAVIER BARRETO, plenamente identificados en los autos, en lo que concierne al aumento de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en beneficio de sus hijas, APRUEBA Y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes, el cual riela al folio Veinte.....