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Decisiones del dia 07/11/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 188-2016-Sol N° Sentencia : Fecha: 07/11/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
YEAN CARLOS TOCUYO FARÍAS
Resumen:
Este Tribunal otorgó al solicitante un despacho saneador de tres (3) días de Despacho en fecha 31 de Octubre de 2016; y transcurrido dicho lapso, el interesado no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial a subsanar los errores detectados; considerándose requisito fundamental indicar en el escrito de solicitud: las medidas de las bienhechurías, el tiempo de posesión, y si las mismas están ubicadas en terrenos propiedad privada o del INTI, cuando éstos están situados fuera de la poligonal de Ejidos Municipales, por lo que al carecer de tales requerimientos, debe considerar este Tribunal que la presente solicitud es contraria a derecho y como consecuencia debe negarse su admisión. Así se decide.-Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Adminis.....
Juez/Ponente:
Yamileth Senovia Sucre
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
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N° Expediente : 186-2016-Sol N° Sentencia : Fecha: 07/11/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
LUISA TERESA TELEMAQUE BELLO
Resumen:
Este Tribunal otorgó a la solicitante un despacho saneador de tres (3) días de Despacho en fecha 31 de Octubre de 2016; y transcurrido dicho lapso, la interesada no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial a subsanar los errores detectados; considerándose requisito fundamental indicar en el escrito de solicitud: las medidas de las bienhechurías, el tiempo de posesión, y si las mismas están ubicadas en terrenos propiedad privada o del INTI, cuando éstos están situados fuera de la poligonal de Ejidos Municipales, por lo que al carecer de tales requerimientos, debe considerar este Tribunal que la presente solicitud es contraria a derecho y como consecuencia debe negarse su admisión. Así se decide.-Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Admin.....
Juez/Ponente:
Yamileth Senovia Sucre
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
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N° Expediente : 187-2016-Sol N° Sentencia : Fecha: 07/11/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ÁLVARO JOSÉ CARRIZAALES MARRERO
Resumen:
Este Tribunal otorgó a la solicitante un despacho saneador de tres (3) días de Despacho en fecha 31 de Octubre de 2016; y transcurrido dicho lapso, el interesado no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial a subsanar el error detectado; considerándose requisito fundamental indicar en el escrito de solicitud: las medidas de las bienhechurías y el tiempo de posesión de las mismas, por lo que al carecer de tales requerimientos, debe considerar este Tribunal que la presente solicitud es contraria a derecho y como consecuencia debe negarse su admisión. Así se decide.-Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TÍ.....
Juez/Ponente:
Yamileth Senovia Sucre
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
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N° Expediente : 185-2016-Sol N° Sentencia : Fecha: 07/11/2016
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ÉRIKA ALEJANDRA CUÉLLAR SENLUIS
Resumen:
Este Tribunal otorgó a la solicitante un despacho saneador de tres (3) días de Despacho en fecha 31 de Octubre de 2016; y transcurrido dicho lapso, la interesada no compareció ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial a subsanar los errores detectados; considerándose requisito fundamental indicar en el escrito de solicitud: las medidas de las bienhechurías, el tiempo de posesión, y si las mismas están ubicadas en terrenos propiedad privada o del INTI, cuando éstos están situados fuera de la poligonal de Ejidos Municipales, por lo que al carecer de tales requerimientos, debe considerar este Tribunal que la presente solicitud es contraria a derecho y como consecuencia debe negarse su admisión. Así se decide.-Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los Artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Admin.....
Juez/Ponente:
Yamileth Senovia Sucre
Organo:
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar.
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