Con fundamente a los razonamientos anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Sede en Aragua de Maturín, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando con rango constitucional, declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite correspondiente al Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL, por la incomparecencia de la parte accionante ciudadano RAMÓN ZAPATA GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-515.796, contra la ciudadana NORIS CASTILLO titular de la cédula de identidad N° V-7.879.348.-SEGUNDO: Queda SIN EFECTO la Medida Cautelar dictada en fecha 14 de julio de 2015, ordenándose librar el oficio correspondiente.-De acuerdo al Artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales se remite a consulta al Tribunal de Primera Instancia.-