Observa este Tribunal que la demanda presentada por la ciudadana MARÍA JOSÉ CHACÓN GARCÍA, contra el ciudadano OSMAR JESÚS ZAPATA BARRETO, por el motivo de Obligación de Manutención, ha transcurrido más de un (1) año, sin haberse ejecutado algún acto de procedimiento por las partes que diera impulso al proceso, siendo la última actuación procesal en fecha Cinco (05) de Noviembre de 2015, tal situación encuadra en lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando quien aquí juzga ha operado en el presente caso la perención de la instancia, y así se declara. En merito de las anteriores consideraciones, esta Juzgadora del TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PIAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. De conformidad a lo e.....