Recibido y admitida en fecha 04-03-2016, el escrito de solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil vigente, presentada por el ciudadanos Alejandro José Lanz Barreto y Diana Luz Barragán Fernández, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Jesús Almando Cabello, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.266 y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, emitida la opinión favorable por parte de la Fiscalía respectiva. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil en fecha 04-04-2016, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadano.....