RESUMEN
Fue recibida en fecha 06-12-2023, y admitida el 07-12-2023, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de divorcio fundamentada en (DIVORCIO DE FORMA UNILATERAL POR DESAFECTO) Basado el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la Sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los ciudadanos; LISAGNIS JOSÉ GIL CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-28.216.887, domiciliada en la urbanización La Esmeralda, Calle N° 4, Manzana P, Casa N° F-9, Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas; con Teléfono de Contacto: 0424-9013506, y correo electrónico emmad8724@gmail.com, y CARLOS DANIEL SANTOS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular .....