Se recibió por distribución la demanda de Cobro de Bolívares, Vía Intimación, presentada por el ciudadano José Del Valle Granado, contra la ciudadana Oskelys Del Valle Ramirez; dándosele entrada y el curso legal correspondiente y realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro respectivo, bajo el Nº 0080-15. el tribunal en fecha 17-10-2016, declara PERIMIDA, por cuanto este Tribunal observa que en el presente juicio ha transcurrido mas de Un (1) año sin haberse llevado a efecto acto alguno de procedimiento, en virtud de que la ultima actuación de la parte demandante fue en fecha cinco (05) de Marzo de 2015, y la ultima actuación de este Tribunal fue en fecha veinte (20) de Marzo del 2.015 y desde esa fecha hasta el 11 de octubre del 2016 han transcurrido (290) días de despacho, en razón a ello es por este Juzgado pasa a decretar la PERENCION de la Instancia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil., y así se decide-