Recibida y admitida en fecha 25-06-2018, bajo el Nº 0296-18, el escrito de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos: RUBEN DOMINGO URBINA LUCES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.777.203, domiciliado en el sector Francisco de Miranda II, calle 9, casa S/Nº, Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, del Estado Monagas y NAYMA JOSEFINA PINTO MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-12.156.428, domiciliada en la calle Bermúdez, casa N° 79-82, Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio, ALEXANDER RODRIGUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 226.840 y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, emitida la opinión favorable por parte de la Fiscalia respectiva. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en atención a l.....