RESUMEN
Fue recibida en fecha 27-07-2022, y admitida el 01-08-2022, en este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con sede en Punta de Mata, el escrito de la solicitud de divorcio fundamentada en el DIVORCIO ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO VIGENTE, EN CONCOORDANCIA CON LA SENTENCIA N°1070 DE FECHA 09-12-2016. DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, presentada por ENNIO LIMA REYES, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliado en la calle Valmore Rodríguez 19-1, Sector Andrés Eloy Blanco de Punta de Mata, Estado Monagas. Titular de la Cédula de Identidad bajo el número Nº V-2.324.033, teléf.: 0412-4995711 y ANA VIRGINIA CARRION CERMEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el número Nº V-12.152.844, domiciliada en Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, debidamente asistidos.....