Por todo lo antes expuesto éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte justicia y declara CON LUGAR la solicitud de Obligación de Manutención incoada por SE OMITE, todos plenamente identificados. En consecuencia se condena al demandado JOSÉ LUIS MENDEZ, a cancelar por concepto de obligación de manutención para su hijo, las siguientes cantidades:
PRIMERO: El 50% de un salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, previendo su ajuste en forma automática y proporcional en base a los aumentos que decrete el Ejecutivo Nacional sobre el salario mínimo.
SEGUNDO: Se establece el 100% de un salario mínimo para el mes de Septiembre de cada año a los fines de cubrir gastos de útiles escolares y uniformes.
TERCERO: Se establece el 100% de un salario mínimo para el mes de Diciembre de cada .....