En fuerza de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIPE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al DESISTIMIENTO realizado por la ciudadana IRAMA COROMOTO MARTÍNEZ BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.944.619, domiciliada en la Calle Rivero, sector La Planta, casa S/N°, Caripe, Municipio Caripe del estado Monagas, en su carácter de parte actora en la presente causa. Una vez quede definitivamente firme la presente decisión archívese el presente expediente. Cúmplase.