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jueves, 03 de septiembre de 2009
CONTINUACION DE RESOLUCION 2009-20 (IV)
TERCERO: De lunes a viernes a partir de las tres y treinta y un minuto de la tarde (3:31 p.m.), a fin de cumplir con el sistema de guardias establecidos en el artículo anterior, el servicio de alguacilazgo, designará un grupo diario de guardia en las instalaciones, quienes asumirán el control del acceso permanencia de personas en la sede, las actividades de la unidad recepción y distribución de documentos (URDD), así como cualquier otra función propia del Departamento de Alguacilazgo, cesando las mismas a las siete horas de la noche (07:00 PM).
Los días sábados, domingos y días feriados, también regirá el sistema de guardia a partir de las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) hasta las cinco horas de la tarde (5:00 p.m.).-
Cuarto: Quedan exceptuados de la aplicación del horario indicado, en la presente Resolución, aquellos Tribunales de juicio y control que para la hora de la finalización de la jornada establecida lleven a cabo audiencias orales o propias de la fase preparatoria y audiencias preliminares, debiendo permanecer en la Sede el personal mínimo requerido para ello.-
Quinto: El horario establecido en la presente Resolución comenzará a regir a partir del día dieciséis (16) del mes de Septiembre del Dos Mil nueve (2009).
Sexto: La presente Resolución rige en lo relacionado al trabajo administrativo judicial del Tribunal de primera instancia en materia penal ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, así como para la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.
Séptimo: Quedan encargados de la ejecución de la presente Resolución, los jueces Coordinadores, la Jefatura de Servicios Judiciales, como ente creador para vigilar el correcto cumplimiento de la función pública correspondiente a Secretarios Judiciales, alguaciles, asistentes, archivistas y personal administrativo, y la Coordinación Judicial del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.
Octavo: Notifíquese de la presente Resolución a: Sala de Casación Penal y a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a la Dirección Administrativa Regional del Estado Monagas, a Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a la Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a la Coordinación de la Defensa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Defensoría del Pueblo del Estado Monagas, Director de la Policía del Estado Monagas, Coordinación Judicial de esta Sede, Coordinación de Secretaría, Jueces Superiores y Jueces de Instancia de esta sede, Director del Internado Judicial Monagas y Analista Jurídica adscrita a esta Sede. Publíquese en cartelera a las puertas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas a la colectividad en general y publíquese en la Página Web del TSJ (Regiones) a los fines de su divulgación.-
Dado, firmado y sellado en Maturín, ciudad capital del Estado Monagas, a los Treinta y Un (31), días del mes de Agosto de Dos Mil Nueve.
Comuníquese y publíquese.-
Abg. Doris María Marcano
Juez Presidenta del Circuito Judicial Penal del
Estado Monagas
Fecha de Publicación:
03/09/2009
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