Dispositiva.
Por las razones antes expuestas, éste Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición realizada por la abogada Neybis José Ramoncini, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, fundamentada en el artículo 82, con sujeción a lo previsto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se Ordena, expedir y remitir mediante oficio copias certificadas de la presente decisión, al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, y al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, dado .....