Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION incoado por el Abogado EDUARDO OVIEDO MENESES, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 92.851, actuando como Apoderado Judicial del Ciudadano JUAN CARLOS CASTAÑEDA QUIJADA, contra decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de fecha nueve (09) de Diciembre de 2025, mediante la cual admitió la tercería propuesta por la parte demandada entidad de trabajo PROAGRO C,A.