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DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, con competencia en los estados Amazonas, Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta, Sucre y Guayana Esequiva, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido contra la sentencia en fecha 13 de agosto de 2025, dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, que declaró SIN LUGAR el recurso interpuesto por el abogado Iskander Aisle Reyes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.617, actuando con su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DORAIZA JOSEFINA MATA AGUILERA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.909.823, contra la ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR.
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