DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las razones que anteceden, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, y la mencionada Sentencia vinculante, este JUZGADOSEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia de ello DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que existe entre los ciudadanos ANA MARIA ALCALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.008.203, de este domicilioy DOUGLAS ENRIQUE KOSMOWSKI LEZAMA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-12.067.960, y de este domicilio, según Matrimonio Civil, de fecha 27de enero del año 1994, por ante la Jefatura Civil de Boquerón del Municipio Maturín del Estado Monagas, según .....