-II-
DECISIÓN
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SU COMPETENCIA, para conocer del presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana LUCIA ORDAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.496.977, debidamente representada por la apoderada judicial, abogada GAYD MAZA DELGADO, titular de la cédula de identidad N° 4.168.000 e inscrita en el IPSA bajo el N° 39.324, contra la GOBERNACION DEL ESTADO ANZOATEGUI. SEGUNDO: se declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en la apelación interpuesta en fecha 9 de septiembre de 2003, por la abogada Yesenia Rojas (INPREABOGADO N° 84.913), actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte querellada, contra la decisión dictada en fecha 14 de mayo de 2003, por el hoy Juzgado Superior Est.....